Ejecutivo Nacional exonera del pago del Impuesto Sobre la Renta (ISLR)

15 mayo 2024

El Decreto publicado en la Gaceta Oficial N° 42.869 del 30 de abril de 2024, a través del cual el Ejecutivo Nacional exonera del pago del Impuesto Sobre la Renta (ISLR) a los enriquecimientos provenientes de inversiones en títulos valores u otros instrumentos de similar naturaleza emitidos y avalados por el Banco Central de Venezuela (BCV)

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El Decreto publicado en la Gaceta Oficial N° 42.869 del 30 de abril de 2024, a través del cual el Ejecutivo Nacional exonera del pago del Impuesto Sobre la Renta (ISLR) a los enriquecimientos provenientes de inversiones en títulos valores u otros instrumentos de similar naturaleza emitidos y avalados por el Banco Central de Venezuela (BCV), establece una vigencia de un año, desde el 08/05/2024 hasta el 07/05/2025. Además, se establece la obligación de presentar la declaración anual de los enriquecimientos como parte del deber formal, y se advierte que el incumplimiento de este deber podría resultar en la pérdida del beneficio de exoneración, según lo establecido en el mismo Decreto.

En este sentido, la exoneración temporal del Impuesto sobre la Renta representa una oportunidad para las empresas que deseen obtener un beneficio fiscal al invertir en títulos valores u otros instrumentos similares emitidos y avalados por el Banco Central de Venezuela. No obstante, es fundamental que las empresas conozcan y cumplan con todos los requisitos y obligaciones establecidos en la normativa vigente, a fin de evitar la pérdida del beneficio y posibles sanciones. Es importante resaltar que el cumplimiento de la obligación de presentar la declaración anual de los enriquecimientos es crucial para mantener el beneficio de exoneración durante el período establecido.

En conclusión, esta medida busca incentivar la inversión en títulos valores u otros instrumentos similares emitidos y avalados por el BCV, brindando un alivio temporal en el pago del Impuesto sobre la Renta a aquellos contribuyentes que cumplan con las disposiciones establecidas en el Decreto. Se recomienda a las empresas interesadas en aprovechar esta exoneración fiscal que se asesoren adecuadamente y cumplan con todas las obligaciones formales correspondientes para garantizar el cumplimiento normativo y evitar consecuencias no deseadas.

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